lunes, 16 de agosto de 2010

Como quedará (o no) la desgravación por compra de vivienda a partir de 2011 y la finalización del periodo de presentación de enmiendas del Proyecto de Ley de E.S.


Con este post trataré de echar un poco de luz sobre todo el tema, ya de por si bastante confuso, de la eliminación parcial de la deducción fiscal por adquisición de vivienda habitual a partir de 2011. Tal como está el temá hoy en día (y que no es definitivo), está previsto que a partir de 2011 convivan dos regímenes de deducción:
  • El que ha venido rigiendo hasta la actualidad, podrán deducir el 15% de las cantidades destinadas a la adquisición de vivienda habitual, con el límite de estas cantidades de 9.040 Euros por año y declaración, todos los que adquieran dicha vivienda habitual hasta el 31.12.2010 y también todos los que hayan entregado cantidades a cuenta para la construcción de su futura vivienda habitual hasta esa fecha. Se mantendrá la compensación fiscal para los que adquirieron la vivienda habitual antes del 20.01.2006.

  • El nuevo régimen aplicable a 2011 y que afectará a quienes compren su vivienda habitual desde enero de 2011. Podrán deducir el 15% de las cantidades destinadas a la adquisición de vivienda habitual, con el límite de esas cantidades de 9.040 euros por año y declaración, los que tengan una base imponible igual o inferior a 17.707,20 euros. La base de deducción se irá reduciendo progresivamente en función de la base imponible (BI), con la siguente fórmula: Base de deducción = 9.040 - 1,4125 x (BI - 17.707,20), de tal forma que no podrán deducir por la adquisición de vivienda habitual quienes tengan una base superior a 24.107,20 euros. Quienes tenga una base imponible de impuesto de IRPF superior a esta cifrá ya no tendrán derecho a la deducción por compra de vivienda. Dichos límites de deducibilidad también serán aplicables para las cuentas viviendas,
Todo lo anterior está recogido en el Proyecto de Ley de Economía Sostenible, principalmente en el artículo 113, adjunto el siguiente link.

Si bien, cabe advertir que como cualquier Proyecto de Ley es susceptible de modificarse, y que ahora la misma está en trámite parlamentario y que hasta el 07-09-2010 sigue abierto el plazo de presentación de enmiendas, por lo tanto todavía no se sabe nada con certeza, incluso que, como todo esperamos sea posible una ampliación del periodo de vigencia en las cuentas viviendas que vencen en 2010 por lo que  sería muy recomendable que cada uno a título personal fuera presionando vía email a los diferentes partidos políticos para que en sus enmiendas recogiesen nuestra reivindicación de prórroga de la cuenta vivienda. Os animo a hacerlo, cuanto más seamos más presionaremos. 

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